En fallo dividido (causa rol 2715-2008), los ministros de la Séptima Sala del tribunal de alzada Cornelio Villarrroel, Pilar Aguayo y el abogado integrante Enrique Pérez ratificaron la condena del ministro Jorge Zepeda, quien había determinado las siguientes sanciones:
- Luis Alberto Osorio Gardasanich: 7 años de presidio, sin beneficios, como autor de los delitos de homicidio calificado de: Carlos Maximiliano Acuña Inostroza, José Orlando Barriga Soto, José Rosamel Cortés Díaz, Rubén Neftalí Durán Zúñiga, Luis Arnaldo Ferrada Sandoval, Eliécer Sigisfredo Freire Caamaño, Narciso Segundo García Cancino, Juan Walter González Delgado, Daniel Méndez Méndez, Sebastián Mora Osses, Pedro Segundo Pedreros Ferreira, Rosendo Rebolledo Méndez, Ricardo Segundo Ruiz Rodríguez, Carlos Vicente Salinas Flores, Manuel Jesús Sepúlveda Sánchez, Rubén Vargas Quezada y Fernando Adrián Mora Gutiérrez.
- Luis Eduardo Osses Cavaría: 3 años y un día de presidio por su responsabilidad como cómplice en los homicidios de: Luis Arnaldo Ferrada Sandoval, Juan Walter González Delgado, Rosendo Rebolledo Méndez y Ricardo Segundo Ruiz Rodríguez, Se le concedió el beneficio de la libertad vigilada.
- Bruno Esteban Obando Cárdenas: absuelto por falta de participación.
Asimismo, la sala confirmó la sentencia que estableció que el Fisco debe pagar las siguientes sumas:
$10.000.000 (diez millones de pesos) a Pedro Juan Pedreros Zenteno.
$10.000.000 (diez millones de pesos) a Plácido Alberto Pedreros Zenteno.
$5.000.000 (cinco millones) a José David Freire Caamaño.
$5.000.000 (cinco millones) a Erisilvia Durán Zúñiga.
$10.000.000 (diez millones de pesos) a Irma Ramona Vargas Cifuentes.
$20.000.000 (veinte millones de pesos) a Amelita o Melita Ivonne González Arismendi.
$10.000.000 (diez millones de pesos) a Nancy Margot González Arismendi.
$10.000.000 (diez millones de pesos) a Ruth Lastenia González Arismendi.
$10.000.000 (diez millones de pesos) a Edwin Rubén González Arismendi.
$10.000.000 (diez millones de pesos) a Walter Eladio González Arismend.
$10.000.000 (diez millones de pesos) a Juan Rolando González Arismendi.
$10.000.000 (diez millones de pesos) a Enilda Arismendi Ortiz.
$10.000.000 (diez millones de pesos) a María Ema Flores Avilés.
$5.000.000 (cinco millones de pesos) a Eladio Alfonso Salinas Flores.
$5.000.000 (cinco millones de pesos) a Juan Celso Salinas Flores.
$5.000.000 (cinco millones de pesos) a Claudio Benedicto Salinas Flores.
$5.000.000 (cinco millones de pesos) a Bruno Juvenal Salinas Flores.
$5.000.000 (cinco millones de pesos) a Lucía Marcela Salinas Flores.
$10.000.000 (diez millones de pesos) a Juan Carlos Ruiz Torres.
$10.000.000 (diez millones de pesos) a Elba Rosa Ruiz Torres.
$10.000.000 (diez millones de pesos) a Noelia Aurora Pedreros Zenteno.
$10.000.000 (diez millones de pesos) a Teodomira Clementina Pedreros Zenteno.
$10.000.000 (diez millones de pesos) a René Marcelino Pedreros Zenteno.
$10.000.000 (diez millones de pesos) a Luisa Irene Pedreros Zenteno.
$10.000.000 (diez millones de pesos) a Luis Antonio Pedreros Zenteno.
$10.000.000 (diez millones de pesos) a José Enrique Pedreros Zenteno.
La ministra Aguayo y el abogado integrante Pérez estuvieron por ratificar la condena de primera instancia; en tanto, el ministro Villarroel fue partidario de acoger la prescripción y absolver a los tres inculpados.
Esta causa fue investigada, primero, por el ministro Alejandro Solís, quien había establecido condenas en contra de las tres personas y cuyo fallo fue anulado por la misma Sala de Corte de Apelaciones de Santiago, pero con otra composición, y entregada al ministro Jorge Zepeda para que resolviera definitivamente.
Fuente: www.poderjudicial.cl